martes, 27 de abril de 2010

FUTBOL SALA

Como ya sabréis todos, este sábado 1 de mayo no tenemos partidos de fútbol sala ya que es festivo. Los horarios de la semana que viene os los iremos comunicando a lo largo de la semana.

martes, 13 de abril de 2010

VALLA ARREGLADA

Parece que todos nuestros esfuerzos han dado su fruto. Por fin tenemos la valla del patio arreglada. Pero no nos tenemos que conformar con eso, ahora tenemos que conseguir que la suban un poco más de altura o que nos la hagan de muro, lo que sea para evitar que se cuelen chavales por allí y que tiren botellas los fines de semana.

FÚTBOL SALA 10 DE ABRIL

Los resultados del fútbol sala del 10 de abril no nos gustan mucho, es la razón por la que hemos tardado en ponerlos. Nuestros dos equipos perdieron, el equipo A 6-2 y el equipo B 6-0. Los Benjamines finalmente jugaron un amistoso entre ellos. A ver si tenemos mas suerte la semana que viene.

jueves, 8 de abril de 2010

VALLA TIRADA


Como es habitual en nuestro colegio la respuesta que tenemos del ayuntamiento de Arganda para que nos solucionen problemas se hace esperar. Esta vez se trata de la valla perimetral del colegio que linda con el parque del Gran Habitat, que está tirada en el suelo desde hace más de dos semanas, con el peligro de que alguien de fuera del colegio se cuele dentro o que alguno de nuestros niños salga por allí. Desde la dirección del colegio por un lado y desde el AMPA por otro se están dando avisos de lo que aquí ocurre sin obtener respuesta alguna. A continuación podéis ver una foto para que sepáis de que valla se trata.

miércoles, 7 de abril de 2010

FUTBOL SALA 10 DE ABRIL

Ya hemos regresado de vacaciones y retomamos las actividades. Este sábado 10 de abril el Miguel Hernandez A juega contra el Carretas a las 13:00, el Miguel Hernandez B contra el León Felipe B a las 10:00 ambos en la sala escolar y los benjamines un amistoso contra el Malvar a las 13:00 en la pisra exterior 1 de la Ciudad deportiva Principe Felipe. Mucha suerte a todos.

DEDUCCIONES DECLARACIÓN DE LA RENTA AÑO 2009

DEDUCCIONES PARA LA DECLARACIÓN DE LA RENTA AÑO 2009
1-. ALCANCE DE LA DEDUCCIÓN.
Los padres, tutores o abuelos con nietos a su cargo, podrán deducirse de la cuota íntegra autonómica del IRPF, el 10 % de los siguientes gastos:
a) Escolaridad obligatoria de los hijos en los niveles obligatorios, es decir, Primaria y ESO.
b) Vestuario de uso exclusivo escolar (uniformes), de los hijos escolarizados en Primaria y ESO.
c) Enseñanza de Idiomas, tanto si esta se imparte como actividad extraescolar como si tiene el carácter de educación de régimen especial.
Quedan fuera, por tanto, las cuotas por escolaridad de Educación Infantil y Bachillerato.
Entendemos que, en el caso de enseñanza de idiomas, al ser una actividad no reglada, no se circunscribe a los hijos que estudien Primaria y ESO, sino que será de aplicación a todos los hijos y descendientes a cargo del contribuyente.
Hacemos notar la incongruencia de denominar "actividad extraescolar" a la enseñanza idiomas, cuando el artículo 3 del Real Decreto 1694/1995, no permite que las "actividades extraescolares" stricto sensu puedan tener contenido curricular. Entendemos que en dicha denominación de "actividad extraescolar" están incluidas las actividades complementarias y cualquier otra, como la asistencia a academias fuera del centro concertado, o a sociedades, fundaciones, particulares,... que puedan tener alquilados locales a las entidades titulares de los Centros.

2-. IMPORTE MÁXIMO DE LA DEDUCCIÓN.

El importe máximo de la deducción asciende a 500 Euros al año, por cada hijo que conviva con el contribuyente.
En el caso de que los hijos convivan con ambos progenitores, cada uno de ellos podrá deducirse la mitad de dicha cantidad, si realizan la declaración de renta con carácter individual.

3-. LÍMITES APLICABLES A LA DEDUCCIÓN.

Para poder aplicar la deducción será necesario que la base imponible del IRPF, incluida la base general y la base del ahorro, no supere el importe de multiplicar 10.000 Euros por cada miembro de la unidad familiar.
Por tanto, no todas las familias podrán hacer uso de esta deducción, ya que quedan excluidas las que obtienen ingresos -que conformen la base imponible del IRPF-superiores a la cantidad indicada.

4-. REQUISITOS FORMALES PARA JUSTIFICAR LA DEDUCCIÓN.

Para poder realizar la deducción, es necesario tener justificación documental adecuada, es decir, los justificantes acreditativos del pago de los conceptos objeto de deducción. No es necesario aportar dichos justificantes en el momento de efectuar la declaración de la renta, pero sí disponer de ellos a disposición de los Inspectores de Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Esta deducción estará vigente durante 2.009, por lo que los justificantes serán los de los gastos efectuados en el año natural 2.009, cuya renta se declarará en mayo-junio del año 2.010.

Por ello, los Centros deben suministrar la justificación documental por los gastos que pueden ser objeto de deducción. Así, en el supuesto de los Centros no concertados donde se imparta Primaria y ESO, se deben expedir recibos por las cuotas de escolarización. Asimismo, todos los Centros que impartan idiomas como actividades complementarias y extraescolares (de acuerdo con la normativa sobre estas actividades vigente en la Comunidad de Madrid, es decir, las sometidas a régimen de autorización por terceros -Dirección de Área Territorial ó Consejo Escolar, según el caso-), tendrán que expedir dichos recibos. Y, por último, en el caso de que se vendan uniformes escolares, se tendrán que facilitar a los padres las correspondientes facturas.

martes, 6 de abril de 2010